Un acuerdo extrajudicial zanja la reclamación de las trabajadoras de una guardería militar

Un acuerdo extrajudicial zanja la reclamación de las trabajadoras de una guardería militar

Kidsco es la empresa que indemnizará a las cuatro trabajadoras que efectuaban su labor en un centro de la guardería del Club de Suboficiales de Cartagena y que se quedaron en ‘tierra de nadie’ tras cambiar de empresa el ministerio de Defensa la concesión de esa función.

En un acuerdo tripartista, se considera improcedente el despido de las trabajadoras, que han estado representadas por el despacho de Raquel Fernández, y la empresa arriba indicada asume las indemnizaciones.

Hechos previos a sentencia firme

Cuatro trabajadoras del centro de guardería ‘Grumete’ del Club de Suboficiales del ministerio de Defensa en Cartagena están en pleno momento clave en la lucha iniciada hace unos meses cuando fueron despedidas el 31 de agosto de 2014 por la empresa Ana Naya García SL (matriz de la sociedad gallega Cativos), que era la que hasta entonces gestionaba el centro y que perdió la concesión, siendo Kidsco Balance SL la nueva encargada de la guardería.

Este asunto llegó al juzgado de Lo Social número 2 de Cartagena por una demanda que reclama la nulidad de lso despidos por vulneración de los derechos fundamentales. Los demandados son el Ministerio de Defensa y las empresas Ana Naya y Kidsco, mientras que los abogados de las trabajadoras son Raquel Fernández y Francisco Antón, que representan a tres trabajadoras, e Isabel Rosique, abogada de la restante.

Los letrados del despacho de Raquel Fernández exponen que la empresa Ana Naya García SL les planteó a seis trabajadoras que si querían seguir trabajando con Kidsco debían firmar su baja voluntaria y perder la antigüedad, lo que aceptaron dos y se negaron las cuatro restantes. “Consideramos que el despido de Ana Naya está plagado de fallos que lo convierten en improcedente, además de que se han producido coacciones que vulneran los derechos fundamentales. Ademas, a una de ellas, cuando le notificaron el despido, no se le había acabado una situación de reducción de jornada por guarda y custodia de hijo menor, por lo que se añade otra causa mas de nulidad a discutir en el pleito”.

Ana Naya García SL es la concesionaria de este servicio de guardería para hijos de militares en Cartagena y en otros puntos militares de España (en total 25), concesión que expiró en agosto de 2014 cuando el ministerio de Defensa adjudicó la gestión a Kidsco por doce millones de euros. “Al dejar la guardería de Cartagena es cuando la empresa tuvo que despedir a las trabajadoras”, expone su letrado, Alberto Muñoz, quien apunta que el Juzgado de Lo Social número 2 de Ferrol, en un fallo notificado a finales de noviembre, anuló los siete despidos por una situación similar que tuvo lugar en Galicia “por infracción del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva” y condenó a KidsCo a readmitir a las siete pedagogas y a pagarles los salarios de tramitación desde su despido. “La empresa Ana Naya ha estado durante seis años asumiendo el personal de las empresas a las que sucedió en la gestión de estas guarderías y ahora debe hacerlo Kidsco”, añadió, señalando que también hay otras sentencias favorables, “como en Cádiz”. Rechazan cualquier coacción a las trabajadoras, ya que se limitaron a trasladar una propuesta de Kidsco.

El abogado de Kidsco, por su parte, declaró a Cartagena de Ley que la demanda no tiene base “por nuestra empresa no tiene obligación de subrogar a estas trabajadoras, como también reflejan otras sentencias firmes, como la registrada en Las Palmas”. La sentencia de El Ferrol no es firme y está recurrida por esta empresa que María Leal Colino y Sandra Butragueño administran desde Madrid. Respecto al contrato con el ministerio de Defensa, expone que no figura cláusula que obliga a subrogar al a plantilla anterior acumulando su antigüedad y derechos laborales, “y estamos ante un asunto jurídico que exclusivamente debe aclarar si hay o no obligación de subrogar. Queríamos que las mujeres siguieran trabajando con nosotros por el bien de los niños, pero como nuevas trabajadoras, no planteamos los de baja voluntaria con su anterior empresa”.

El magistrado Salvador Díaz deberá decidir si fueron improcedentes o no el despido por parte de Ana Naya y si Kidsco tenía obligación de asumir a las trabajadoras, entre otras cuestiones, una vez que se celebre el juicio, pues el día en que acudieron todas las partes se suspendió ante la posibilidad de llegar a un acuerdo, que es lo que se está negociando actualmente.  

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Cuatro mujeres que trabajaban en un centro de guardería del Club de Suboficiales en Cartagena están ahora mismo en ’tierra de nadie’ tras ser despedidas por la empresa que gestionó el centro hasta que el ministerio de Defensa otorgó la concesión a otra sociedad. Reclaman improcedentes los despidos y que se vulneraron los derechos fundamentales porque les exigieron renunciar a la antigüedad para seguir trabajando, mientras que las otras dos empresas inmersas en este asunto rechazan las acusaciones y cada una considera que actuó legalmente. 

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Veinticuatro trabajadores de la extinguida sociedad pública Giscarmsa han pasado por los tres juzgados sociales de Cartagena en sus reclamación de nulidad de los despidos o la readmisión al Servicio Murciano de Salud. Las sentencias les han sido favorable, pero fueron recurridas por la Comunidad Autónoma. El primero de esos fallos judiciales, en concreto, resuelto por el juzgado de Lo Social número 3, ha sido confirmado.  El asunto ha tenido como abogados a Raquel Fernández y Francisco Antón, a quienes se observa en la imagen adjunta.

Hechos previos a sentencia firme

El jueves 8 de mayo de 2014, el juzgado de Lo Social número 3 de Cartagena ha resuelto la nulidad de tres despidos efectuados por la extinguida sociedad pública Giscarmsa por «fraude de ley» por el Expediente de Regulación de Empleo que llevaron a cabo, por lo que deben pasar al Servicio Murciano de Salud y se les deben abonar los salarios devengados desde el pasado verano. Estos tres casos, que han llevado los abogados Raquel Fernández y Francisco Antón, son los primeros de veinticuatro, habiéndose fijado para hoy el juicio de otros tres en la sala de Lo Social número 2. La sentencia puede ser recurrida. El miércoles 18 de junio de 2014, ocurrió un segundo revés judicial para la Comunidad Autónoma en el asunto de Giscarmsa, sociedad mercantil pública que gestionaba los hospitales de Santa Lucía y Mar Menor que ha tenido la segunda sentencia adversa en otra demanda por despido de tres trabajadores, que estuvieron representados por el despacho de Raquel Fernández. Esta vez ha sido el juzgado Lo Social número 2 el que ha declarado nulos esos despidos.

Finalmente, concluye indicando: «En consecuencia, el despido por causas objetivas, basado únicamente en la situación económica de La Manga Club SL, debe ser calificado como improcedente por no haberse tenido en cuenta la situación global del grupo».

Así, todas las empresas codemandadas deben responder solidariamente en la improcedencia del despido, ya sea con la readmisión o la opción de la indemnización, decisión para la que da un plazo de cinco días.

La historia de este conflicto laboral no concluye aquí. Por un lado, las empresas condenadas pueden presentar un recurso de suplicación ante la sala de Lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia. Por otro, hay otros nueve trabajadores despedidos el 29 de febrero pendientes de protagonizar sus respectivos juicios. 

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